Los autores exponen las razones por las cuales el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción promovió un juicio de amparo en contra de la Cámara de Senadores y de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión por la omisión de ratificar —o, en su caso, rechazar— los nombramientos de los magistrados anticorrupción efectuados por el Ejecutivo federal desde abril de 2017, y dan cuenta de la sentencia dictada el 31 de julio de 2018, cuyos efectos son, entre otros, que el Senado decida “inmediatamente” sobre la ratificación o no de los magistrados.
Lo que debió suceder
La reforma constitucional del 27 de mayo de 2015 instituyó el Sistema Nacional Anticorrupción. En ella se facultó al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para sancionar las faltas administrativas graves establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cometidas por servidores públicos y por particulares. En el respectivo dictamen se señaló lo siguiente:
“Como se ha argumentado, la política de prevención debe ser prioritaria, pero no será suficiente sin una política de sanción. En este sentido, se pretende crear un esquema jurisdiccional de justicia administrativa a cargo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
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