Internet viaja en Metro

Internet viaja en Metro

La reciente instalación de internet en la línea 7 del Metro de la Ciudad de México —de las estaciones Barranca del Muerto a El Rosario— beneficiará a más de 80 millones de personas al año, han afirmado las autoridades. En este contexto, el autor analiza las implicaciones jurídicas de esta medida que pretende colocar a la Ciudad de México en la frontera de la conectividad tecnológica.

 

 

Después de una inversión de 1,800 millones de pesos1 y 14,000 horas-hombre,2 el 3 de diciembre de 2017 las autoridades de la Ciudad de México y la empresa AT&T inauguraron el servicio de internet inalámbrico gratuito en la línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo Metro. El director general de este medio dijo que “este proyecto es emblemático, porque permitirá el acceso a internet, colocándonos en la frontera de la conectividad tecnológica”.3 Se prevé que en el corto plazo este servicio también esté disponible en las líneas 1 y 3, y para 2020 en la totalidad de la red del Metro.4

Ante esa noticia cabe preguntarse si en verdad es emblemático un proyecto de esas características. ¿Tener acceso a internet en el Metro realmente coloca a la Ciudad de México en la frontera de la conectividad tecnológica? Es menester plantear estas dos interrogantes a la luz de la realidad del Metro, que ostensiblemente padece severos problemas de inseguridad, posee mala calidad estructural y deficiencias en el servicio. Antes que dar conectividad gratuita a internet a los usuarios del Metro, ¿no habría sido mejor tratar de remediar las deficiencias de este sistema de transporte?

Por otro lado, ¿es pertinente el acceso inalámbrico a internet en un lugar donde lo que predomina son largos pasillos y escaleras, vías electrificadas con alto voltaje, convoyes en tránsito y un gran cúmulo de personas deambulando e incluso trompicando entre sí y cuidándose unas de otras, o lo ideal sería fomentar el no uso de dispositivos móviles, con el fin de evitar la distracción de los pasajeros y disminuir la inseguridad mientras se permanece en las instalaciones del Metro?

En tercer orden, la incógnita que surge es en relación con las consecuencias jurídicas que un servicio de acceso gratuito a internet inalámbrico puede representar tanto para quien lo ofrece como para quien lo recibe.

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