Con un enfoque eminentemente pedagógico, el autor desmenuza en este artículo las causas de improcedencia del procedimiento de responsabilidad administrativa de los servidores públicos, tomando como referencia la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Función administrativa
Formalmente la función administrativa, a diferencia de la función judicial, es una actividad que se realiza en ejecución inmediata de la ley y mediata de la Constitución, y ambas funciones comparten la actividad jurisdiccional de índole material.
Dentro de un procedimiento administrativo la administración pública incoa, sustancia y resuelve en un caso concreto la aplicación del Derecho.
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