Desde la campaña electoral, el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, por conducto de la ministro en retiro, y también notario público, Olga Sánchez Cordero, presentó ante el Colegio Nacional del Notariado México (Acapulco, mayo de 2018) un “decálogo” relacionado con su perspectiva de las transformaciones que habrán de materializarse en el mercado de la fe pública, propuesta a la que el autor invita a sumarse.
Ciertamente, estamos ante un escenario halagüeño que permitirá, si se plasman esas ideas en algún ordenamiento jurídico nacional (lo que implica una reforma constitucional para dar competencia a la Federación en material notarial, dado que hoy la tienen los estados), contar con un sistema notarial que, enfocado en buscar la seguridad jurídica, la certeza y la paz social, fortalecerá la posición del notario frente a los poderes económicos e, incluso, ante el poder gubernamental.
Al propiciarse la realización del Derecho a través de la fe pública, quienes se benefician en última instancia son los prestatarios de los servicios notariales y todas las personas y las empresas que se relacionen con ellos. El instrumento notarial produce una cadena infinita de externalidades positivas (concepto económico que podemos resumir en “beneficios sociales que trascienden la relación notario-cliente”). El notario, al dar fe de la constitución de una empresa o al constituir un condominio, produce una escritura que de manera natural entra en contacto con millones de consumidores. Si esa escritura reúne toda la calidad jurídica que espera el sistema notarial, las relaciones comerciales fluirán y replicarán de manera incesante esa calidad.
En la cotidianidad del trabajo notarial el notario se encuentra condicionado a un conjunto de factores externos que tratan de presionarlo para que deje de ser baluarte de los valores que proclama el sistema notarial y el Estado de Derecho. En esas circunstancias, la fuerza de la ley parece ceder y el notario, aunque usted no lo crea, se encuentra relativamente solo y aislado. La imposición de condiciones y prácticas, como la que realizan los bancos, al cercenar a los usuarios de servicios financieros (consumidores tutelados por la ley) la posibilidad de elegir a su notario de confianza, se traduce en una lamentable sumisión del notariado a la banca, con el descuido implícito de los derechos de los clientes.
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