Entre los abogados se habla con frecuencia de los nuevos modelos jurídicos que se generan en Estados Unidos, Francia, Alemania, Italia, España, Colombia, Argentina… pero pocas veces se mencionan investigaciones mexicanas. ¿Por qué?
Creo que lo que existen son nuevos arreglos institucionales y diferentes teorías para estudiarlos. Por ejemplo, en algunos países se aprobaron constituciones que han dado lugar al llamado nuevo constitucionalismo latinoamericano y tomó fuerza el estudio del “constitucionalismo popular”. Sobre esos temas discuten juristas de diferentes países (algunos de ellos mexicanos). Nosotros hemos avanzado mucho en el estudio multidisciplinario de los fenómenos jurídicos, echando mano de saberes teóricos, pero también de métodos empíricos, y en eso somos una referencia.
¿Qué resultados debe esperar el hombre de la calle de la investigación jurídica? ¿Estos resultados deben reflejarse en la Constitución, en las leyes y en nuestro marco jurídico? ¿O se trata, como a veces parece, de ejercicios de especulación teórica que sólo sirven para la reflexión de unos cuántos?
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