Fiscalía autónoma o control judicial y acción penal por particulares

Fiscalía autónoma o control judicial y acción penal por particulares

 

Frente a las voces que defienden la existencia de una fiscalía autónoma como remedio a la inseguridad que vive nuestro país, el autor sostiene, desde la perspectiva del procedimiento penal, que independientemente de que la fiscalía pueda depender del Ejecutivo, lo importante es que cuente con las herramientas jurídicas para defender sus decisiones.

 

 

En diversos escenarios es recurrente el tema de la “fiscalía autónoma”, que algunos asocian —entre otras cosas— con la inseguridad y la criminalidad. Otros afirman que su creación es indispensable, pues el llamado “nuevo sistema de justicia penal” no funciona. Preguntan respecto de quién debiera realizar la propuesta para la designación del fiscal, por tratarse de un ente administrativo autónomo. Para algunos otros, el fiscal no debe depender del titular del Ejecutivo, pues la investigación debe ser imparcial y ajena a todo tipo de “sesgos”; esto último, con espacios en medios de comunicación y en redes sociales, por los acontecimientos del día a día.

Al respecto emitimos nuestra opinión desde una perspectiva académica y con el enfoque en el procedimiento penal, en el marco del Código Nacional de Procedimientos Penales que desde junio de 2008 comenzó a regir la vida procesal penal en México, en forma paulatina y, a partir junio de 2016, en forma total.

De inicio, es indispensable establecer que las opiniones que aluden a la necesidad de contar con una fiscalía autónoma, por temas de inseguridad, si bien las respetamos no las compartimos, por la elemental razón de que una cosa es la seguridad pública (antes de la comisión de un delito), y otra, la investigación, en la que interviene la fiscalía. Es indispensable insistir, como lo acotamos en la práctica profesional, en el aula y en otros trabajos, que debemos separar cinco aspectos: prevención del delito, seguridad pública, investigación, impartición de justicia y Reinserción social. Luego, no es posible afirmar que diversas problemáticas que se relacionan con la función de otras autoridades correspondan a la fiscalía.

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