La sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido catalogada como histórica por ser la primera que se emite y se concede en contra de una omisión legislativa absoluta; no existe ningún precedente en el que la Corte haya otorgado una sentencia de amparo o de que haya procedido un juicio en esa categoría. Asimismo, es la primera sentencia que ordena al Poder Legislativo federal emitir una legislación.
Al compartir sus reflexiones, Arturo Zaldívar destacó que la sentencia amplía de forma significativa el espectro de protección del juicio de amparo; modifica el principio de relatividad; fortalece la doctrina de la Corte, sobre todo de la primera sala, en materia de interés legítimo, y otorga una nueva dinámica en cuanto a la relación del Tribunal Constitucional con el Poder Legislativo.
Sobre el último punto, se pronunció por que el legislador cumpla con lo que marca la Constitución y aclaró que no se trata de buscar un enfrentamiento entre la SCJN y el Congreso. El ministro también habló de la importancia de cambiar el juicio de amparo derivado del nuevo paradigma en materia de derechos humanos.
Destacó la connotación constitucional y política sobre la materia de publicidad oficial, ya que no se ha expedido la legislación que reglamente el párrafo VIII del artículo 134 constitucional, lo que genera un vacío que provoca afectaciones indirectas a la libertad de expresión.
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