El tema del compliance ha llegado con mucha fuerza a los estudiosos de temas jurídicos. No se trata de una cuestión teórica, sino de una necesidad práctica. Los abogados que asesoran a empresas se han dado cuenta de la relevancia de generar instrumentos que se anticipen al surgimiento de los problemas (incluso de carácter penal) que deben enfrentar las personas jurídicas. De esto nos habla Miguel Carbonell.
México se ha sumado a un número creciente de países que han incorporado en sus respectivas legislaciones una serie de principios que permiten hacer imputaciones penales a las empresas. Tanto el Código Nacional de Procedimientos Penales como varios códigos penales de las entidades federativas (entre ellos, de manera destacada, el de la Ciudad de México y el de Quintana Roo, así como el Código Penal Federal) ya contienen un catálogo de conductas punibles, aplicables a personas jurídicas.1
Esto supone un escenario de riesgos y oportunidades, tanto para los posibles afectados como para los profesionales del Derecho que se hayan actualizado en la materia. Una imputación penal puede implicar una grave afectación para el normal funcionamiento de una empresa, por los riesgos que supone para su competitividad, el impacto que produce en el gobierno corporativo, la mala publicidad para la empresa y la afectación de bienes jurídicos de considerable importancia.
En el mundo de los negocios es esencial preservar la reputación empresarial: el surgimiento de escándalos, acusaciones penales, carpetas de investigación abiertas en alguna fiscalía o por parte de los órganos reguladores, tienen un potencial de devastación importante que afecta la confianza de clientes o consumidores, así como a los inversionistas e incluso al personal que trabaja en la empresa.
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