Como respuesta a los crecientes índices de inseguridad y frente a la impunidad que acompaña a muchos actos delictivos, hace unas semanas circuló por las redes un proyecto de reforma a la justicia penal y al amparo. El proyecto puso de muy buen humor a los penalistas de la vieja guardia: el sistema acusatorio desaparecería. De paso, la presunción de inocencia y la división de poderes.
También puso de buenas a las afianzadoras, pues el proyecto proponía que todo delito se castigara con arraigo. Imaginaron que sus ganancias se irían por las nubes, dado que las personas, aunque fueran inocentes, al ser imputadas sólo tendrían derecho a la libertad si compraban una fianza...
El proyecto eliminaba, además, los conceptos de juez de control y de juez de enjuiciamiento; daba facultades al Ministerio Público para promover amparos en caso de que hubiera fracasado en su intento de probar la culpabilidad de una persona; despojaba a la víctima de su facultad para interponer recursos —esto sólo podría hacerlo el fiscal— y permitía que el Ministerio Público pudiera retener a quien le viniera en gana durante 48 horas.
Asimismo, limitaba el procedimiento abreviado a delitos cuya pena no rebasara los cinco años y no ameritara prisión preventiva oficiosa; desaparecía la investigación (inicial y complementaria), así como la etapa intermedia del procedimiento. Dejaba claro que a todo imputado que se negara a ser examinado por peritos, sin causa debidamente justificada, se le apercibiría de tener por ciertos los hechos imputados. Si el juez no accedía a las solicitudes del Ministerio Público, también podría ser consignado. Para rematar, concedía validez a las pruebas obtenidas ilícitamente, como la tortura.
En suma, volvía al procedimiento inquisitivo que tanto repudio suscitó en nuestro país, donde una declaración arrancada bajo tormentos servía igual que una que no lo hubiera sido. Este procedimiento fue de enorme utilidad para los gobiernos autoritarios, donde el presidente o el gobernador decidían quién era inocente y quién era culpable. El problema es que, en un mundo globalizado, donde la confianza de inversionistas nacionales y extranjeros depende de la transparencia y del cumplimiento de reglas claras, llenar las cárceles de inocentes ya no se antoja atractivo.
A los viejos penalistas y a las afianzadoras les duró poco el júbilo: las autoridades policiacas declararon que no estaban dispuestas a quedar bajo el control absoluto del Ministerio Público, y los jueces, en voz del presidente de la Suprema Corte de Justicia, expresaron que no permitirían que se retrocediera el camino avanzado en materia de garantías individuales. Para colmo, los empresarios pusieron el grito en el cielo y el gobierno de Estados Unidos anunció que seguiría impulsando el sistema acusatorio en México.
La ceremonia en que se presentarían las iniciativas se redujo al anuncio de que éstas pronto se darían a conocer; el senador Ricardo Monreal retiró un proyecto legislativo que negaba la posibilidad de ampararse a quienes no quisieran que un tren pasara por la selva y la Fiscalía General se apresuró a decir que no tenía nada que ver con el proyecto que circulaba.
Es urgente hacer algunas reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, sí, y urge un Código Penal Único —temas que empezarán a discutirse en las Cámaras y en la sociedad civil a partir de este mes de febrero—, pero estas reformas deben implicar un diálogo con la sociedad y respetar los derechos humanos. Esperemos que así suceda. Evitemos que el remedio resulte peor que la enfermedad.
Ángel M. Junquera Sepúlveda
Director